Cortés & Pérez

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Resulta sorprendente que una compañía con sede en Oulu, una ciudad en el centro de Finlandia con una población de 210.000 habitantes, haya seleccionado a España como uno de sus destinos prioritarios para expandirse. Sin embargo, este es el caso de Talenom, una plataforma que ofrece servicios de contabilidad y que en los últimos dos años ha estado adquiriendo pequeñas empresas de contabilidad en diferentes regiones de España para brindar servicios a miles de pymes, en su mayoría con entre 5 y 10 empleados.

Talenom, fundada en 1972, dio su primer paso internacional en Suecia en 2019. En 2021, llegó a España y en 2022 se expandió a Italia, logrando una facturación de 102 millones de euros en el último ejercicio. El CEO de Talenom, Otto-Pekka Huhtala, explicó a Expansión que la decisión de ingresar al mercado español se basó en dos razones principales. "En primer lugar, es un mercado diez veces más grande que el finlandés. Y en segundo lugar, hay una gran oportunidad en este país debido a que las pymes necesitarán digitalizar sus procesos antes de la entrada en vigor en 2025 de la directiva que obliga a emitir facturas electrónicas".

Además, mientras que en otros países europeos como Alemania existen cuestiones regulatorias que dificultan la entrada de operadores extranjeros, en España el grupo escandinavo encontró un terreno abierto y altamente fragmentado. Según la propia empresa, el mercado de servicios de contabilidad en el país mueve 10.000 millones de euros al año, repartidos entre 65.000 gestorías, en su mayoría muy pequeñas.

El crecimiento de Talenom en España se ha realizado principalmente a través de adquisiciones. El primer paso fue la compra de Avail Services en julio de 2021, una empresa de contabilidad con 16 empleados que operaba bajo la marca Avalanding en Barcelona y que facturó 1,25 millones de euros con un beneficio operativo de 90.000 euros ese año. Un año después, después de integrar Avail y tener un mejor conocimiento del mercado, Talenom dio un paso clave al adquirir Nomo, una plataforma de software para pymes desarrollada por Banco Sabadell.

A partir de ahí, la compañía ha continuado adquiriendo pequeñas firmas de contabilidad para ampliar su base de clientes en diferentes partes de España. El año pasado, adquirió ACompany Asesoría y Gestión de Empresas en Barcelona, que contaba con 12 empleados y 0,7 millones de euros en ventas. Luego realizó otra adquisición en la capital catalana al comprar Gestoría Teruel, con 1 millón de euros en ingresos y 13 empleados.

En 2023, Talenom se expandió fuera de Cataluña al adquirir BKF Asesores con sede en Madrid y una facturación de 0,7 millones de euros; BV Coruña Asesoría de Empresas en Galicia, con 17 empleados y una facturación de 0,9 millones de euros; y Consultoría Granadina en Andalucía, con 21 empleados y 1,2 millones de euros en ventas. Huhtala tiene planes de realizar nuevas adquisiciones y atraer a más pymes para seguir creciendo en todo el territorio español, una vez que la plataforma Nomo esté adaptada. Los clientes tienen varias opciones de suscripción a este software, según los servicios que utilicen y si también necesitan asesoramiento de expertos. Talenom actualmente cuenta con 120 empleados en España.

 

El Producto Interno Bruto (PIB) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), que incluye a los 38 países más desarrollados del mundo, experimentó un ligero aumento durante el primer trimestre de este año. Hubo un crecimiento del 0,4 % en comparación con el trimestre anterior, tras un registro del 0,2 % en los últimos tres meses de 2023. Esto resultó en un incremento de una décima en la tasa de crecimiento interanual, alcanzando el 1,5 % según el informe presentado por el organismo este lunes. Por otro lado, aunque el crecimiento de la zona euro también se incrementó en una décima durante este primer trimestre (0,1 %), no fue suficiente para mejorar la tasa de crecimiento interanual, que se redujo medio punto, pasando del 1,8 % a finales de 2022 al 1,3 % en el comienzo del presente año.

La OCDE, al publicar esta estadística, resaltó en su comunicado que la actividad económica ha mantenido un ritmo moderado desde el primer trimestre de 2022, momento en que comenzó la invasión rusa de Ucrania. Entre los países del G7, los mayores avances en el PIB durante enero y marzo se registraron en Canadá, con un incremento del 0,6 % (después de haberse mantenido estancado entre octubre y diciembre), Italia, con un aumento del 0,5 % (tras un -0,1 %), y Japón, con un crecimiento del 0,4 % (después de un 0,0 %). En Estados Unidos, la actividad económica aumentó un 0,3 %, pero esto fue inferior al 0,6 % del último trimestre de 2022.

Dentro de Europa, en Alemania, que había sufrido un retroceso del 0,5 % entre octubre y diciembre, el PIB se estancó en el primer trimestre de 2023; y Francia, por su parte, salió del estancamiento del último trimestre de 2022 con una subida del 0,2 % entre enero y marzo. Entre los países de la OCDE para los que hay datos disponibles, el que tuvo un mayor crecimiento en el primer trimestre fue Portugal (1,6 %), seguido de Colombia (1,4 %), México (1,3 %) y Finlandia (1,1 %). En el extremo opuesto, la producción de Irlanda cayó un 2,7 %.

Por otra parte, los datos de este organismo indican también que España es uno de los cuatro países de la OCDE, junto a Alemania, Reino Unido y República Checa, en los que la actividad en el primer trimestre de este año todavía estaba por debajo a la del último trimestre de 2019, antes de que se empezaran a sentir los efectos de la crisis de la covid.

Si bien, la organización ha explicado que la producción en el conjunto del bloque en el primer trimestre de este año fue un 4,5 % superior a la del cuarto trimestre de 2019. Estados Unidos destaca como uno de los que más rápidamente y con más vigor se ha recuperado desde el pinchazo del coronavirus: su PIB entre enero y marzo superó en un 5,3 % el del último trimestre de 2019.

 

La Administración tributaria no puede hacer uso del silencio administrativo como estrategia para evitar recursos ante los tribunales y retrasar los litigios. El Tribunal Supremo (TS) ha reafirmado recientemente su doctrina, estableciendo que frente al silencio administrativo, el contribuyente tiene el derecho de acudir directamente a la vía judicial sin tener que pasar por el recurso de reposición ante dicho silencio.

La sentencia, emitida el 3 de mayo de 2023, sostiene que el recurso no es inadmisible y que no se está presentando de manera prematura ante el juzgado, ya que la Administración ha incumplido su deber de responder. "No se puede declarar la inadmisibilidad de un recurso contencioso administrativo por falta de agotamiento de la vía administrativa previa, cuando el acto impugnado es una desestimación presunta debido al silencio administrativo, ya que, por su propia naturaleza, se trata de una mera ficción de acto que no proporciona información alguna sobre el régimen de recursos", determina la sentencia.

El Tribunal Supremo critica en su fallo que "la Administración no puede beneficiarse de sus propios incumplimientos ni invocar la falta del recurso administrativo debido en relación con un acto derivado de su propio silencio".

A juicio de los magistrados, obligar a interponer un recurso de reposición ante el silencio administrativo atenta contra el Derecho de los contribuyentes. "Ordenar, en un recurso de casación, que se conceda a la Administración una nueva oportunidad de pronunciarse, en un recurso administrativo, sobre la procedencia de una solicitud formulada en su día y no contestada explícitamente, supondría una dilación indebida del proceso", señala el Supremo. "Es una práctica contraria al principio de buena administración, máxime cuando el asunto ya ha sido examinado, en doble instancia, por tribunales de justicia", añade.

El magistrado Francisco José Navarro Sanchís, ponente del fallo, destaca que "el agotamiento de una vía previa de recurso, aun siendo preceptiva, cuando ya no sería, en este caso, previa, para demorar aún más el acceso a la jurisdicción en que ya se encuentra el propio interesado, que ha obtenido respuesta judicial, no sería sino un acto sin sentido o finalidad procesal alguna y generador de más dilaciones indebidas".

El abogado Esaú Alarcón, socio de Gibernau, destaca que este criterio ya está "muy consolidado". Tanto es así, que el fiscalista recuerda que "ya hay sentencias del Supremo que han establecido que, cuando el recurso en vía administrativa tiene un plazo determinado, si el contribuyente antes de acabar ese plazo se va a la vía jurisdiccional no estás planteando el recurso antes de tiempo". Esaú Alarcón precisa que el Supremo entiende que, si la Administración no resuelve, el proceso derivaría de un incumplimiento".

 

El Tribunal Supremo ha establecido que si un trabajador que se ha prejubilado decide acceder a la jubilación anticipada y comienza a recibir la pensión de la Seguridad Social, perderá el derecho a continuar percibiendo la cantidad acordada con la empresa hasta alcanzar la edad de jubilación ordinaria.

Según una sentencia emitida por el Alto Tribunal el pasado 25 de abril, los acuerdos de prejubilación entre la compañía y el empleado tienen como objetivo compensar al trabajador durante el período en el que no recibe la pensión de la Seguridad Social ni los fondos de su plan de pensiones, en caso de tenerlo. Durante este período de prejubilación, el contrato se considera suspendido, pero no se extingue hasta que el trabajador alcanza la edad de jubilación ordinaria.

Sin embargo, el magistrado Ángel Antonio Blasco Pellicer, ponente de la sentencia, destaca que "no se puede interpretar que una vez que el contrato de trabajo se ha extinguido debido a la jubilación (incluso si es anticipada), momento en el cual el trabajador comienza a recibir la pensión de jubilación de la Seguridad Social y, en su caso, los fondos de su plan de pensiones, el trabajador conserva el derecho a seguir recibiendo las cantidades acordadas".

El fallo añade que la finalidad del acuerdo de prejubilación es suministrar una fuente de rentas al trabajador en el momento en el que por suspensión de su contrato deja de percibir el salario. "Pero no resulta razonable interpretar que la intención fue extender ese suministro de rentas a una situación de trabajo que se ha extinguido", apunta el magistrado. Además, matiza que la compañía no busca "duplicar las rentas", por lo que no puede prevalecer el argumento de que el acuerdo de prejubilación no contempla expresamente la jubilación anticipada, sino solo hasta que el trabajador cumpla los 65 años. La Sala, por tanto, desestima el recurso de un prejubilado que accedió a la jubilación anticipada antes de los 65 años y, además, reclamó a su excompañía que le abonara lo pactado en el acuerdo de prejubilación.

Alfredo Aspra, abogado laboralista y socio director de Labormatters, explica que en este tipo de acuerdos, "la intención evidente de los contratantes no es otra que la suspensión del contrato de trabajo hasta que este se extingue por pasar el empleado a la situación de jubilación, momento en el cual, la persona percibe tanto la pensión pública correspondiente como, en su caso y cuando corresponda, la complementaria de causar derecho a un plan de pensiones de empleo".

 

De acuerdo con el seguimiento en tiempo real de la economía realizado por CaixaBank, los salarios han experimentado un crecimiento del 4% interanual durante dos meses consecutivos, un ritmo similar e incluso superior al aumento generalizado de la inflación, que ha sido del 3,3% y del 4,1% en los dos meses anteriores. Un reciente informe del Banco Central Europeo (BCE) destaca la importancia de vigilar de cerca los salarios y los márgenes empresariales para evitar efectos negativos en los precios, siendo la tasa subyacente la principal preocupación.

La tendencia de ambos parámetros comienza a cruzarse. De hecho, al excluir los datos del sector público proporcionados por la entidad bancaria, el incremento salarial es aún mayor en el sector privado (4,3%), lo que indica que los trabajadores están empezando a recuperar terreno después de la crisis de precios que comenzó en la primavera de 2021 y se vio agravada por la crisis energética, con el aumento de los precios de las materias primas importadas en el verano de 2021, que se agravó con el conflicto en el Este de Europa.

De hecho, es la primera vez en dos años que el aumento salarial supera al incremento de los precios. Una vez que se ha explicado que han sido los precios de las importaciones y no los márgenes ni los salarios los responsables de la desviación de los precios, parece ser el momento adecuado para acordar aumentos salariales. "La disminución de la inflación está creando las condiciones para comenzar a recuperar el poder adquisitivo", señala el Plan de Estabilidad.

En marzo una parte considerable de los convenios colectivos firmados ya incluía revisiones salariales por encima de la variación de precios, lo que explicaría la continuidad de una tendencia y una semejanza entre los datos de Trabajo y los de la entidad bancaria. Para un 31% de los asalariados y un 34% de las empresas la subida fue prácticamente del 5%, 1,7 puntos por encima de la inflación general del mes de marzo (3,3% interanual).

El Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) recién acordado por CEOE, Cepyme, UGT y CCOO recomienda subidas salariales por valor del 4% para este año para tratar de mejorar las condiciones económicas de los trabajadores, sin ser obligatoria esta subida.

En el documento remitido a Bruselas, el equipo de Economía que lidera la vicepresidenta primera, Nadia Calviño, el Gobierno espera que la remuneración por asalariado crezca un 4,7% y apunta a un mayor ritmo estos primeros meses del año, siendo este el indicador más destacado del mercado laboral debido a la interminable negociación colectiva en el diálogo social. En aquella negociación se habló de productividad, también de márgenes o beneficios empresariales.

El último panel de Funcas que recoge el consenso de los principales servicios de estudios económicos mantiene que los salarios crecerán un 4% este año, exactamente la misma previsión que comparten para el crecimiento medio del IPC.

 

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