El pasado 26 de febrero entró en vigor el Convenio Internacional de Doble Imposición entre España y Andorra, que amplía el alcance del intercambio de información fiscal entre los dos países, pudiéndose solicitar por parte de alguno de los países firmantes informaciones de carácter grupal, por tipo de activos o específicas por contribuyente sin que sea necesario justificar que hay en marcha una investigación. A partir del 1 de enero de 2018 el intercambio de información fiscal correspondiente a los rendimientos de capital mobiliario, en relación con los importes del año 2017, será automático entre estos dos países dentro del marco de la normativa de la OCDE.